Reubicación
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España ofrece diversas opciones de visado para quienes planean trabajar, estudiar o reunirse con la familia una vez que ya residen en el país. Navegar por las diferentes opciones de visado para España puede resultar abrumador, especialmente si no está familiarizado con los requisitos y procesos. Esta guía ofrece una rápida explicación de los distintos tipos de visados disponibles, junto con sus principales requisitos.
Visados de trabajo
Con un contrato de trabajo español
Si un nacional de un país no perteneciente al EEE tiene una oferta de trabajo en España, puede solicitar un permiso de trabajo. Hay tres opciones disponibles:
- Permiso para profesionales altamente cualificados: Este permiso es para puestos que requieren una alta cualificación con un salario superior a 40.000 euros al año. Hay reducciones para trabajadores menores de 30 años.
-Permiso de Residencia por "Cuenta Ajena": Este permiso puede obtenerse tras un año de residencia en España. Los nacionales de Chile o Perú pueden solicitar este permiso de trabajo desde su país de origen. Para otras nacionalidades, la solicitud desde el país de origen sólo es posible si el puesto de trabajo está en una lista de escasez, por lo que es una opción más compleja.
- Tarjeta Azul UE: Para obtener una tarjeta azul de la UE, el solicitante necesita una cualificación profesional superior, normalmente una licenciatura o un posgrado de tres años de una institución reconocida, o al menos cinco años de experiencia profesional pertinente. Este permiso permite la libre circulación por los Estados miembros de la UE (tras un determinado periodo) sin trámites adicionales, a diferencia de otros visados. También permite a los familiares directos, como cónyuges e hijos, vivir en la UE durante el mismo tiempo que el solicitante principal.
La duración máxima de cualquiera de estos permisos es de tres años.
Contrato de trabajo en el país de origen
1) La empresa tiene una entidad en España - Transferencia intraempresarial
Una empresa o grupo con establecimientos tanto en España como en un país extracomunitario puede solicitar un visado de residencia por traslado intraempresarial para profesionales extranjeros mayores de 18 años, que no sean nacionales de la UE o del Estado Schengen. Esto se aplica en el contexto de empleo, relaciones profesionales o formación profesional previa.
Existen dos tipos de autorizaciones de residencia por traslado intraempresarial:
a) Autorización Nacional de Residencia: Para extranjeros que se trasladen exclusivamente a una empresa dentro del territorio español.
b) Autorización de residencia ICT-UE: para extranjeros que vayan a ser objeto de un traslado intraempresarial que implique movilidad dentro de la Unión Europea. Este tipo de autorización sólo se aplicará a los traslados temporales para desempeñar funciones de directivo, especialista o becario.
2) La empresa no tiene entidad en España - Nómadas Digitales (Teletrabajadores de carácter internacional)
Los extracomunitarios pueden solicitar una autorización de residencia por teletrabajo internacional, que les permite trabajar a distancia para empresas fuera de España utilizando exclusivamente medios digitales.
En el caso de ejercicio de una actividad laboral, el titular del permiso sólo puede trabajar para empresas situadas fuera de España.
En caso de ejercicio de una actividad profesional, el titular del permiso puede trabajar para una empresa en España, siempre que no supere el 20% de su actividad profesional total.
Prácticas (Permiso de residencia para Prácticas Profesionales)
Los solicitantes que hayan obtenido un título de enseñanza superior en los dos últimos años pueden solicitar este tipo de permiso, que tiene una validez máxima de un año y no es renovable. El requisito clave para este permiso es un título de educación superior relacionado con el puesto de prácticas en la empresa de acogida.
Las solicitudes pueden presentarse desde España, si el solicitante es titular de un permiso de residencia, o desde su país de origen.
Hay dos formas de solicitarlo:
- Convenio Universitario: Esta opción permite una duración máxima de seis meses, con posibilidad de prórroga de otros seis meses.
-Contrato en prácticas: Esta opción permite un contrato en prácticas directo de un año de duración.
Visado de estudiante (Estancia por Estudios)
La Estancia de Estudiantes está destinada a quienes deseen estudiar o investigar en España. Se aplica a grados universitarios, másteres, doctorados y otros cursos de corta duración regulados y permitidos. Con este permiso es posible matricularse en estudios en instituciones acreditadas, participar en programas de investigación o formación, incorporarse a programas de intercambio de estudiantes, realizar prácticas no laborales y prestar servicios de voluntariado como estudiante.
Requisitos:
- Admisión en una institución educativa acreditada o en un centro de investigación/formación reconocido.
- Acuerdo firmado con una organización pertinente en caso de voluntariado.
La duración del permiso coincide con la duración de los estudios, oscilando entre 3 y 9 meses o incluso entre 2 y 4 años.
En la mayoría de los casos, dependiendo del tipo de estudios, el permiso permite a su titular trabajar en España hasta 30 horas semanales sin necesidad de una autorización de trabajo adicional. Una vez finalizados los estudios, los estudiantes pueden convertir directamente este permiso en un permiso de trabajo.
Visado de Búsqueda de Empleo
El Visado de Búsqueda de Empleo, también conocido como Permiso de Residencia por Búsqueda de Empleo, permite a los estudiantes extracomunitarios permanecer en España durante un periodo máximo de 2 años una vez finalizados sus estudios para buscar empleo o iniciar un proyecto empresarial. Pueden solicitarlo los extranjeros que previamente hayan sido titulares de una autorización de estancia por estudios y hayan finalizado sus estudios en una institución de educación superior acreditada en España, alcanzando al menos el Nivel 6 según el Marco Europeo de Cualificaciones, equivalente a un título universitario.
Si los miembros de la familia han acompañado al estudiante durante sus estudios, también están cubiertos por este permiso mientras el estudiante busca trabajo.
Visado Working Holiday
Este visado permite a los jóvenes de determinados países vivir y trabajar en España durante un periodo limitado. España tiene actualmente acuerdos de visado Working Holiday con cinco países: Australia, Nueva Zelanda, Canadá, Corea del Sur y Japón.
El visado suele permitir una estancia de un año, pero algunos acuerdos prevén la posibilidad de prorrogar la estancia desde 3 meses hasta 24 meses, siempre que se cumplan determinados requisitos durante la estancia.
Los titulares de un visado pueden trabajar durante su estancia. Si desean prolongar su estancia, Jobbatical recomienda al empleador que aproveche este periodo para solicitar formalmente un permiso de residencia y trabajo.
Visado de Reagrupación Familiar
El visado de reagrupación familiar permite a los familiares de residentes legales en España reunirse con ellos. El solicitante debe haber sido residente legal en España durante al menos un año.
Los miembros de la familia admisibles son:
- Cónyuge o pareja registrada
- Hijos menores de 18 años o a cargo
- Padres mayores de 65 años a cargo del solicitante
Los extranjeros residentes en España que no tengan autorizaciones para familiares o personas dependientes incluidas en su estatuto de residencia pueden traer a sus familiares si llevan al menos un año residiendo legalmente en España.
Visado de Residencia de Familiar de Ciudadano de la UE
Los familiares no comunitarios, no pertenecientes al EEE o no suizos de ciudadanos de la UE, del EEE o suizos residentes en España que tengan previsto permanecer en España más de tres meses para visitar o acompañar a su familiar necesitan solicitar un Visado de Residencia de Familiar de la UE.
Elegibilidad:
- Cónyuge o pareja registrada: Debe estar casado o formar parte de una pareja registrada.
- Hijos directos y ascendientes: Incluye a los hijos a cargo menores de 21 años y a los padres a cargo del ciudadano de la UE.
- Familiares a cargo y convivientes: Los que dependen del ciudadano de la UE o viven con él desde hace al menos 24 meses.
- Parejas no registradas: Relaciones estables acreditadas por convivencia o descendencia común.
La tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE es válida durante cinco años a partir de la fecha de expedición o durante la estancia prevista del ciudadano de la UE, si es inferior a cinco años. Transcurridos cinco años, la tarjeta puede renovarse y convertirse en residencia permanente.
Permiso de Residencia No Lucrativo
El Visado de Residencia No Lucrativa permite a los nacionales de terceros países residir en España sin ejercer ninguna actividad laboral. Tiene una validez inicial de un año y puede renovarse anualmente, siempre que el titular no haya superado el máximo de ausencias permitidas de España.
Requisitos:
- Medios económicos: Acreditación de recursos económicos suficientes para mantenerse sin trabajar en España.
- Seguro médico: Cobertura sanitaria demostrada a través de un seguro médico privado.
- Permiso de residencia: Tras entrar en España, la persona debe solicitar un permiso de residencia no lucrativo renovable.
La solicitud es posible si el solicitante ya reside legalmente en España. En estos casos, la obtención de un visado no es necesaria, y la solicitud del permiso de residencia puede hacerse directamente.
Permiso de residencia y trabajo por Cuenta Propia
Existe un permiso de residencia para emprendedores, siempre que estén dispuestos a crear su propia empresa en España y que ésta sea innovadora.
Este proyecto debe ser innovador (debe estar reconocido como tal por una asociación especializada).
Asilo y Refugio
Se puede solicitar cuando un país ha sufrido una catástrofe natural o si se procede de una región en conflicto; es una protección internacional. Mientras se resuelve el asilo político, es posible obtener lo que se conoce como tarjeta roja y permanecer en nuestro país durante 6 meses (se renueva mientras no se reciba respuesta de la oficina de inmigración).
Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo.
La residencia por arraigo es un tipo de autorización de residencia por la que se puede conceder la residencia legal a extranjeros que se encuentran en España en situación irregular. Existen tres tipos (Familiar, Laboral y Social). Todas ellas exigen haber residido en España durante un determinado periodo de tiempo.
Esta entrada de blog sólo tiene fines informativos. El visado o permiso adecuado para cada persona se determinará en función de sus circunstancias específicas y criterios de elegibilidad.
Jobbatical se especializa en la movilidad global de principio a fin, proporcionando apoyo completo para la reubicación de profesionales cualificados en España, para los empleadores y sus empleados. Nuestro equipo de expertos se encarga de todos los procedimientos de inmigración y de instalación, que requieren mucho tiempo, para una total tranquilidad durante todo el proceso de reubicación. Obtenga más información sobre nuestros servicios aquí.